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Las siguientes notas ambientales pretenden servir como plataforma para dar a conocer elementos noticiosos que se relacionan con la dinámica ambiental del estado Carabobo, escritas por el periodista Alexander Castellanos L



Estudio de Impacto Ambiental y Sociocultural en Puerto Cabello

La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, establece en el artículo 129 que: todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural.
Para cumplir este requisito debe contratarse un Estudio de Impacto Ambiental que debe ser ejecutado por especialistas y realizado según lo dispone el decreto 1257, que corresponde a las Normas sobre evaluación ambiental de actividades susceptibles de degradar el ambiente.

Si requiere contratar un Estudio de Impacto Ambiental o desea referir a alguién que lo necesita, simplemente envie un correo a alxcastellanos@hotmail.com ó alxcastellanos@yahoo.com



jueves, 31 de diciembre de 2009

Resultados de encuesta: Quien es responsable de los problemas ambientales

Quien es responsable de los problemas ambientales

• Alexander Castellanos L

Estimados amigos, despedir el año 2009 es el mejor momento para reflexionar sobre la responsabilidad sobre los problemas ambientales, una reciente encuesta publicada en el espacio notas ambientales considera al generador como el principal responsable.

Una muestra representativa de los usuarios del blog notas ambientales, generado en el estado Carabobo, Venezuela, consideró en un 35% que el principal responsable o quien debe responder por los problemas ambientales debe ser el generador, entre las opciones se consideró al Estado, el municipio y finalmente una opción genérica: la sociedad, el 24% cree que el Estado debe asumir estos pasivos y el 22.5% considera que debe ser el municipio.

En la mayoría de las respuestas que se generaban hace veinte años atrás, el término sociedad como responsable de las causas negativas era de uso frecuente, se consideró la salida más fácil, un término que involucraba a todos y no definía a ninguno. Hoy la capacidad de los ciudadanos en analizar y determinar la responsabilidad de los hechos se sustenta en una verdad declarada y definida en el marco legal, en Venezuela la Constitución de la República y las leyes nacionales consideran ampliamente el deber del Estado en la protección de sus activos ambientales para su uso actual y su permanencia en el tiempo, es decir las generaciones que aún no conocemos.

Sin embargo la misma carta fundamental del Estado venezolano involucra el término Corresponsabilidad, aplicando de alguna manera la regla “quien contamina paga”. Así que decidir en la encuesta que el generador debe tener las respuestas para el daño ambiental causado, es una muestra del grado de madurez de los ciudadanos, la contraparte que sugiere al Estado y los municipios corresponde a un término englobado en ambas figuras: el gobierno, razón por la que se deduce que es este quien debe velar para que el generador sea responsable y restituya los daños.

Que el próximo año sea de pleno de éxitos y permita el desarrollo de cada una de las metas que se plantean nuestros lectores.

martes, 22 de diciembre de 2009

Emergencia en Refinería El Palito

Escape de ácido fluorhídrico en PDVSA

▌ Alexander Castellanos L


La autopista Morón Puerto Cabello fue cerrada este lunes 21 en horas de la mañana, debido a una fuga de ácido fluorhídrico, dicha fuga fue -según señala el parte oficial- producto de una maniobra de sustitución de válvula en el sistema de alquilación.

La información suministrada por el departamento de prensa de la refinería venezolana, señala que se procedía a sustituir una válvula de venteo (sic) en uno de los tambores asentados, utilizado especificamente para recuperar el ácido fluorhídrico que es utilizado en calidad de catalizador en los procesos de la industria.

Cierre de autopista

La alarma de fuga generó respuesta inmediata del personal de seguridad higiene y ambiente (SHA) de la planta de refinación, e inmediatamente fue cerrada la autopista Morón - Puerto Cabello en prevención de daños a las personas, esto por la cercanía de la planta con la principal arteria vial, destaca que el material químico que escapó de la válvula a sustituir, es de naturaleza volátil, irritante, corrosiva y tóxica, razón por la que las medidas de seguridad fueron extremas, el cierre duró menos de una hora pero generó inconvenientes en los usuarios que utilizan la principal vía de comunicación con la región Centro Occidental del país y el vecino municipio Juan José Mora.

Control de emergencia

El personal de SHA procedió de inmediato las labores de control de la fuga, de acuerdo a los procedimientos técnicos sugeridos en estos casos, destaca que en estas situaciones el riesgo de exposición incrementa la posibilidad de daños, los cuales pudieran llegar a ser letales.
El procedimiento de emergencia contempló en caso de ser requerido, medidas de atención que implicaban la utilizacion de oxígeno, el lavado con abundante agua, la posibilidad de trasladar de emergencia a cualquier afectado y la presencia de personal capacitado para prestar auxilio médico.

Finalizado el proceso, el departamento de prensa informó que la fuga no generó daños significativos al ambiente y no ocasionó lesiones humanas.

Situación ambiental del estado Carabobo

En materia ambiental

Agua y aire, son los principales problemas ambientales de Carabobo

-Alexander Castellanos L

A juicio de Edilberto Guevara, profesor de la facultad de ingeniería de la Universidad de Carabobo la situación ambiental de Carabobo, debido a sus características geográficas, la presencia de la Cuenca del Lago de Valencia, el desarrollo industrial por ser el principal centro industrial del país, el crecimiento del parque automotor, sugiere la confrontación de una diversidad de problemas interrelacionados que afectan las condiciones ambientales y atentan contra la calidad de vida de sus habitantes.

Entre los principales, menciona Guevara se encuentra el recurso agua, la amplia demanda doméstica, industrial, riego y recreacional, que coloca a este recurso como el factor fundamental para el desarrollo de las actividades económicas del estado, por lo que su manejo debe realizarse desde una perspectiva integral y la calidad del aire que depende –afirma Guevara – de la naturaleza de las emisiones y las condiciones atmosféricas, siendo que una alta emisión de contaminantes aunado a períodos de calma, que indica baja velocidad de viento propician episodios de contaminación del aire, durante los cuales la población, principalmente los más sensibles son afectados frecuentemente por enfermedades respiratorias y alérgicas.

Organismos de protección no accionan

A pesar de los esfuerzos institucionales, expresa el investigador que en la actualidad no se cuenta con estudios sistemáticos sobre Calidad del aire en el estado, sólo alguna evaluaciones puntuales realizadas por la Universidad de Carabobo, sin embargo –refiere- hay sitios de concentración de empresas de diferentes tipos, que emiten gran cantidad de contaminantes productos de combustión y uso de sustancias químicas volátiles que afectan la calidad del aire, incumpliéndose la acción de protección que el Estado garantiza en el seguimiento y control, por intermedio de las leyes de protección ambiental

lunes, 21 de diciembre de 2009

Proponen reforma de Ley penal del ambiente

Proponen ajustes a la Ley Penal del Ambiente

Agua y aire parámetros críticos en Carabobo

▌Alexander Castellanos L

El pasado 15 de diciembre de 2009 el presidente de la Subcomisión de Seguimiento, Evaluación y Control anunció la reactivación del trabajo sobre la Ley Penal del Ambiente, según lo refiere Zenaida da Costa en boletín de prensa de la Asamblea Nacional, para hacer los ajustes que requiere la normativa ambiental.
La propuesta presentada por la especialista en Control Ambiental Isabel de Los Ríos quien considera que la propuesta permitirá al Estado tener mayor capacidad para controlar, vigilar y hacer cumplir las normas que tienen por objetivo garantizar y preservar el medio ambiente.

Leyes ambientales

A pesar de de iniciar la dinámica de protección legislativa a partir del año 1976, Venezuela esperó hasta el año 1992 para contar con una ley que penalizara los delitos ambientales, la Gaceta Oficial Nº 4358 publicada el 3 de enero de 1992, marcó una nueva visión de quienes por intermedio de sus acciones agredieran a la naturaleza, el acto se consideraría delito y el delito refiere sanción penal.
Venezuela figura entre los países que mayor cantidad de decretos de protección ambiental ha generado, incluso brindándole al tema rango constitucional, como es el compromiso señalado en el artículo 127 que consagra que “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro”.